La Cámara de Cooperación Económica España–Irán es una asociación privada sin ánimo de lucro, de carácter institucional, económico, empresarial y de cooperación internacional, constituida conforme a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, el Código Civil español, y demás disposiciones complementarias aplicables del ordenamiento jurídico del Reino de España y de la Unión Europea.
La entidad tiene como finalidad institucional promover la cooperación económica, empresarial, técnica y formativa entre el Reino de España y la República Islámica de Irán, así como preparar, en fase exclusivamente preconstitutiva, la futura solicitud de reconocimiento como Cámara Oficial de Comercio Española en el Exterior, conforme a la Ley 4/2014, de 1 de abril, y al Real Decreto 1179/2020, de 29 de diciembre, o la normativa vigente que resulte de aplicación en su momento.
1. Estado jurídico y tramitación registral
La entidad se encuentra actualmente en fase de constitución y tramitación registral ante el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, bajo el número administrativo REGAGE25e00092145252, presentado el 20 de octubre de 2025, de conformidad con el artículo 5 de la Ley Orgánica 1/2002 y el artículo 16 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Capacidad jurídica y ámbito de actuación provisional
Hasta la obtención de su inscripción definitiva en el Registro Nacional de Asociaciones, la Cámara de Cooperación Económica España–Irán dispone de capacidad jurídica limitada pero suficiente, exclusivamente orientada a la realización de actos preparatorios, fundacionales, representativos e institucionales necesarios para su plena constitución, conforme a lo dispuesto en el artículo 11.3 de la Ley Orgánica 1/2002, el artículo 35 del Código Civil español, y los principios generales del Derecho asociativo y administrativo aplicables en España y la Unión Europea.
Dentro de dicha capacidad jurídica provisional, la entidad está legitimada para desarrollar, entre otros, los siguientes actos y actuaciones:
- Establecer y mantener canales oficiales de comunicación, consulta y cooperación con las Administraciones Públicas españolas —estatales, autonómicas y locales—, así como con organismos públicos o semipúblicos de carácter económico, comercial, educativo o cultural.
- Iniciar y coordinar relaciones institucionales y diplomático-económicas con Cámaras de Comercio españolas, asociaciones empresariales, instituciones académicas, organismos internacionales y entidades privadas radicadas en España o en la Unión Europea, siempre en el marco de la legalidad vigente.
- Suscribir cartas de intención, declaraciones conjuntas, memorandos de entendimiento (MoU) y acuerdos marco de naturaleza no vinculante jurídicamente, con finalidad exclusivamente preparatoria, informativa o técnica, orientados a la planificación de futuras acciones conjuntas, convenios de cooperación o proyectos de inversión internacional.
- Diseñar, coordinar y ejecutar proyectos de carácter técnico, económico, consultivo o formativo, relativos a la cooperación empresarial, la internacionalización de empresas, la transferencia de conocimiento y la promoción de la inversión bilateral, sin implicar ejercicio de potestades públicas ni representación gubernamental.
- Promover y organizar reuniones, foros, conferencias y actividades de carácter académico, institucional o económico, destinadas a fortalecer las relaciones entre entidades públicas y privadas de España y terceros países, siempre bajo los principios del Reglamento (UE) nº 267/2012 y demás normativa comunitaria aplicable.
- Emitir informes, estudios, propuestas o recomendaciones técnicas o económicas, sin carácter vinculante, en materias relacionadas con la cooperación internacional, la diplomacia económica, la educación y la sostenibilidad empresarial.
- Gestionar su imagen institucional, comunicación pública, dominio web, emblemas, publicaciones oficiales y documentación corporativa, con plena protección jurídica conforme a la Ley 17/2001, de Marcas, y el Reglamento (UE) 2017/1001 sobre la marca de la Unión Europea.
- Realizar actos jurídicos internos necesarios para su funcionamiento y desarrollo institucional, tales como apertura de cuentas bancarias, contratación de servicios profesionales, arrendamientos, convenios con consultores o proveedores, y cualquier otro acto instrumental necesario para su implantación administrativa y operativa, siempre dentro del marco legal español.
Durante esta etapa preconstitutiva, todas las actuaciones de la Cámara tendrán carácter interno, fundacional, institucional y no lucrativo, quedando expresamente excluidas las actividades que impliquen ejercicio de autoridad pública, certificación oficial o representación diplomática del Estado español. La entidad actuará en todo momento bajo los principios de legalidad, transparencia, independencia institucional, neutralidad política, diligencia y responsabilidad social corporativa, en conformidad con el ordenamiento jurídico español y europeo vigente.
3. Régimen jurídico, protección institucional y reserva de denominación
La denominación “CÁMARA DE COOPERACIÓN ECONÓMICA ESPAÑA–IRÁN”, su logotipo, símbolos institucionales, documentación oficial, y nombres de dominio asociados quedan protegidos conforme a lo dispuesto en la Ley 17/2001, de Marcas, el Real Decreto 687/2002, y el Reglamento (UE) 2017/1001 sobre la marca de la Unión Europea. Ninguna persona física o jurídica, pública o privada, podrá usar, reproducir o registrar signos idénticos o similares, en todo o en parte, sin autorización expresa y escrita de su órgano fundador.
Cualquier intento de uso indebido, imitación o actuación pública bajo nombre semejante será considerado acto ilícito de competencia desleal, suplantación institucional o usurpación de identidad jurídica, y podrá ser objeto de acciones civiles y penales, conforme a los artículos 18, 1902, 1903 y concordantes del Código Civil, así como a los artículos 248 y siguientes del Código Penal español y a la Ley 3/1991, de Competencia Desleal.
4. Domicilio institucional y comunicaciones oficiales
- Domicilio provisional: Via Augusta, 13 – 1ª Planta, Oficina 102, 08006 – Barcelona (España)
- Comunicaciones institucionales: cooperacion@ccesir.es
Toda comunicación oficial, colaboración o documento institucional deberá realizarse exclusivamente a través de los canales anteriores. Cualquier declaración, documento o comunicación emitida por terceros sin autorización expresa del órgano de gobierno de la Cámara carecerá de validez jurídica, representatividad o efecto vinculante alguno frente a la entidad.
5. Nota legal del sitio web
El presente sitio web tiene carácter institucional, informativo y preconstitutivo, en el marco del proceso de inscripción de la Cámara de Cooperación Económica España–Irán ante el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior. Su contenido no implica ejercicio de funciones públicas ni reconocimiento oficial como Cámara Oficial de Comercio Española en el Exterior, hasta la obtención de la resolución administrativa correspondiente.
Toda la información publicada por esta entidad se realiza bajo los principios de veracidad, legalidad, independencia institucional y responsabilidad internacional, conforme al ordenamiento jurídico español y europeo vigente y a los valores constitucionales del Reino de España.
Cláusula de exclusividad y reserva de derechos
Queda prohibida cualquier reproducción total o parcial del contenido, denominación, logotipo, estructura institucional o documentación oficial de la Cámara sin autorización escrita. Toda infracción será perseguida conforme a la legislación española vigente, incluidos los artículos 248 y siguientes del Código Penal, los artículos 1902 y siguientes del Código Civil, y la Ley 3/1991, de Competencia Desleal.